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Artículo 3048 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Artículo 3,048 fue eliminado de la ley por completo, como si lo hubieran borrado. Esto pasó con una reforma publicada el 23 de julio de 2012 en la Gaceta Oficial. Que esté derogado significa que ya no aplica para nada ni tiene ningún efecto legal. En pocas palabras, este artículo ya no existe y no debes preocuparte por él.

Texto oficial

ARTÍCULO 3,048.- SE DEROGA (REFORMA PUBLICADA EN LA GODF EL 23 DE JULIO DE 2012)

Ver texto oficial del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL (pág. 465) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.