Artículo 342 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
El Artículo 342 fue eliminado de la ley. En términos simples, ya no existe ni tiene validez. Esto pasó porque se publicó una reforma el 25 de mayo del 2000 que lo borró oficialmente. Así que no necesitas preocuparte por lo que decía, ya que no aplica en ningún caso.
Texto oficial
ARTÍCULO 342.- SE DEROGA (REFORMA PUBLICADA EN LA GODF EL 25 DE MAYO DE 2000)
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.