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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMX_5816/387
Ley
CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL
Artículo
387

Artículo 387 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si alguien te da dinero o comida, eso no significa que sea tu papá o tu mamá legalmente. No se puede usar como prueba ni siquiera como sospecha para decir que es tu padre o madre. Tampoco puedes pedir una investigación de paternidad solo porque esa persona te mantiene. O sea, mantener a un niño no es lo mismo que ser su progenitor ante la ley.

Texto oficial

ARTÍCULO 387.- El hecho de dar alimentos no constituye por sí solo prueba, ni aun presunción, de paternidad o maternidad. Tampoco puede alegarse como razón para investigar éstas.

Ver texto oficial del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL (pág. 91) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.