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Artículo 56 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Artículo 56 ya no sirve para nada porque fue eliminado oficialmente. La ley lo borró por completo el 13 de enero de 2004, cuando publicaron el cambio en el periódico oficial. En pocas palabras, ya no existe, así que no tienes que preocuparte por él ni seguirlo.

Texto oficial

ARTÍCULO 56.- SE DEROGA (REFORMA PUBLICADA EN LA GODF EL 13 DE ENERO DE 2004)

Ver ley oficial en el DOF (pág. 18) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.