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Artículo 74 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 74 fue eliminado de la ley. Esto quiere decir que ya no está vigente, como si lo hubieran borrado. La reforma que lo quitó se publicó el 13 de enero de 2004 en el periódico oficial del gobierno. Entonces, ese artículo ya no tiene ningún efecto legal.

Texto oficial

ARTÍCULO 74.- SE DEROGA (REFORMA PUBLICADA EN LA GODF EL 13 DE ENERO DE 2004)

Ver ley oficial en el DOF (pág. 21) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.