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Artículo 95 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 95 ya no es válido, porque fue eliminado oficialmente desde el 28 de enero de 1970. Cuando una ley se deroga, es como si nunca hubiera existido para efectos prácticos. Así que no tienes que preocuparte por su contenido, ya no aplica para nada.

Texto oficial

ARTÍCULO 95.- SE DEROGA (REFORMA PUBLICADA EN EL DOF EL 28 DE ENERO DE 1970)

Ver ley oficial en el DOF (pág. 24) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.