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Artículo 32 del REGLAMENTO DEL RÉGIMEN DISCIPLINARIO DEL PERSONAL SUSTANTIVO DE LA FISCALÍA GENERAL DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Unidad de Asuntos Internos, que investiga a los policías o personal de seguridad, debe seguir reglas muy claras: actuar con legalidad (aferrado a la ley), sin favoritismos, buscando la verdad, siendo eficiente y respetando los derechos humanos y la perspectiva de género. Todas las investigaciones tienen que hacerse rápido, bien hechas y con profesionalismo, juntando todas las pruebas necesarias para aclarar lo que pasó. Además, esa unidad es la responsable de cuidar que los documentos y datos del caso estén completos y seguros. El objetivo principal es que todo el personal se porte bien, cumpla la ley y actúe con honestidad, y también apoyar al Consejo de Asuntos Internos y al Consejo de Honor y Justicia para que apliquen las reglas disciplinarias.

Texto oficial

Artículo 32. En el curso de toda investigación, la Unidad de Asuntos Internos deberá observar los principios de legalidad, imparcialidad, objetividad, eficiencia, exhaustividad, verdad material, perspectiva de género y respeto a los Derechos Humanos. Las diligencias de investigación que lleve a cabo la Unidad de Asuntos Internos se practicarán de manera inmediata, oportuna, eficiente, exhaustiva, profesional, imparcial; y orientadas a allegarse de los datos que permitan el esclarecimiento de los hechos materia de esta y será responsable de la integralidad de los datos y documentos, así como el resguardo del expediente respectivo. La Unidad de Asuntos Internos busca lograr el cumplimiento de los principios de legalidad, eficiencia, profesionalismo, honradez, perspectiva de género y respeto a los derechos humanos entre el personal sustantivo, así como brindar el apoyo requerido al Consejo de Asuntos Internos y al Consejo de Honor y Justicia, en su tarea de hacer cumplir el Régimen Disciplinario al que se encuentra sujeto dicho personal.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 10) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.