Artículo 137 de la LEY DE GESTIÓN INTEGRAL DE RIESGOS Y PROTECCIÓN CIVIL DE LA CIUDAD DE MÉXICO.
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando ocurre una emergencia o desastre, lo más importante es salvar vidas. Todos los que trabajan en el sistema de protección civil deben cooperar para lograrlo, empezando por buscar, rescatar y dar primeros auxilios a quienes lo necesiten. Si una clínica o ambulancia privada ayuda en la vía pública, tiene que hacerlo sin cobrar y coordinarse con el gobierno y la Cruz Roja. Después, hay que controlar la emergencia para que no empeore ni provoque otros accidentes, y luego atender lo básico de la gente afectada: darles refugio, comida, atención médica, apoyo psicológico y cómo contactar a su familia. También toca restaurar servicios importantes como luz, agua o comunicaciones, proteger edificios clave para el gobierno y aplicar programas de apoyo, como empleos temporales o reposición de documentos, hasta que se reconstruya lo dañado.
Texto oficial
Artículo 137. Ante una Emergencia o Desastre las prioridades de atención del Sistema, de forma corresponsable para todos sus integrantes, serán las siguientes: I. Salvar vidas mediante acciones de búsqueda, salvamento, rescate y atención pre hospitalaria. En el caso de servicios de atención médica privados que actúen en vía pública deberán proporcionar el servicio gratuito y coordinarse con la Secretaría de Salud, la Secretaría de Seguridad Ciudadana y la Cruz Roja Mexicana. II. Realizar las acciones de control de la Emergencia o de Desastre para mitigar sus efectos y evitar el Riesgo de Encadenamiento; III. Cubrir las necesidades básicas de la población damnificada, como refugio temporal, alimentación, atención médica, Apoyo Psicológico y comunicación con familiares; IV. Restablecer los Servicios Vitales y los Sistemas Estratégicos; V. Proteger bienes tales como inmuebles críticos para la gobernabilidad, información y procesos esenciales; VI. Implementar los programas complementarios, tales como empleo temporal, reposición de documentos, certeza jurídica, seguridad patrimonial y protección del medio ambiente; y VII. Reconstruir los inmuebles y restablecer los procesos administrativos y de servicios.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.