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Artículo 198 de la LEY DE GESTIÓN INTEGRAL DE RIESGOS Y PROTECCIÓN CIVIL DE LA CIUDAD DE MÉXICO.

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si eres un Responsable Oficial de Protección Civil (ROPC), debes entregar cada año un informe detallado de todo lo que hiciste en el año anterior. Tienes que darlo a la Secretaría durante los primeros cinco días del mes siguiente al que cumpliste un año de actividad. Para renovar tu registro, también tienes que hacer trabajos gratis: si eres capacitador, dar 40 horas de capacitación al año en escuelas públicas; si haces Programas Internos o Especiales, elaborar dos gratis para escuelas públicas; si haces Estudios de Riesgos, hacer dos sin cobrar cuando la Secretaría te lo pida. Además, debes tomar mínimo 40 horas de cursos de actualización. Para pedir la renovación, debes hacerlo 30 días naturales antes de que venza tu registro, y la Secretaría te responde en un máximo de 15 días hábiles después de que entregues todo.

Texto oficial

Artículo 198. Durante la vigencia del registro y la autorización como Responsables Oficiales de Protección Civil, éstos deberán entregar anualmente a la Secretaría, en los primeros cinco días del mes siguiente a aquél en que se haya cumplido un año de actividad, un informe detallado de todas las actividades llevadas a cabo durante el año previo. Párrafo reformado G.O. CDMX 28/04/23 Asimismo, a fin de que la Secretaría proceda a la renovación del registro y autorización de los ROPC, éstos deberán, de conformidad al tipo de registro a renovar, realizar lo siguiente: I. Aquellos con registro y autorización como capacitadores deberán impartir anualmente, de manera gratuita, 40 horas de capacitación a planteles escolares públicos de educación inicial y básica y otros que determine la Secretaría; II. Aquellos con registro y autorización para elaborar Programas Internos y Programas Especiales deberán elaborar dos Programas Internos gratuitamente para planteles escolares públicos de educación inicial y/o básica determinados por la Secretaría, en coordinación con las autoridades educativas competentes; III. Aquellos con registro y autorización para realizar Estudios de Riesgos deberán elaborar gratuitamente dos Estudios de Riesgos a petición de la Secretaría; y IV. Acreditar, por lo menos, 40 horas en cursos de actualización en las materias que les correspondan. La solicitud de renovación del registro y autorización para desempeñarse como ROPC, deberá presentarse por los interesados dentro de los 30 días naturales anteriores a que concluya la vigencia de los mismos. La Secretaría deberá dar respuesta a la solicitud en un plazo máximo de 15 días hábiles, contados a partir de que el solicitante cumpla con la totalidad de los requisitos exigidos.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 65) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.