Artículo 206 de la LEY DE GESTIÓN INTEGRAL DE RIESGOS Y PROTECCIÓN CIVIL DE LA CIUDAD DE MÉXICO.
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 206 dice que el gobierno de la Ciudad de México puede aceptar donaciones, como dinero o cosas, para ayudar en emergencias o desastres. Estas donaciones sirven para prevenir riesgos, proteger a la población y para apoyar en todo, desde ayudar durante una emergencia hasta reconstruir después de un desastre. En pocas palabras, si alguien quiere donar para que la ciudad esté más preparada o para reparar daños tras un temblor, inundación u otro problema, el gobierno sí puede recibirlo. No es un permiso para pedir donaciones, sino para aceptarlas si alguien las ofrece.
Texto oficial
Artículo 206. La administración pública de la Ciudad de México podrá recibir donaciones para fortalecer la cultura de la Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil de la población, así como para la Mitigación, auxilio, restablecimiento, rehabilitación y reconstrucción en caso de Emergencia o Desastre.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.