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Artículo 213 de la LEY DE GESTIÓN INTEGRAL DE RIESGOS Y PROTECCIÓN CIVIL DE LA CIUDAD DE MÉXICO.

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando los inspectores de la Secretaría o de las Alcaldías te hagan una visita de verificación, si encuentran que estás haciendo algo que pone en riesgo la salud o la seguridad, pueden aplicarte medidas temporales para parar el peligro. Por ejemplo, pueden suspender tus obras o actividades, cancelar permisos por un tiempo, o hasta pedirte que desocupes un inmueble. Esto es solo para evitar daños mientras se aclara la situación, no es un castigo final. Aunque te apliquen estas medidas, después podrían multarte o sancionarte si comprueban que sí violaste las reglas.

Texto oficial

Artículo 213. Con motivo de la visita de verificación y para proteger la salud, la seguridad pública, la integridad de las personas y sus bienes, así como para evitar el incumplimiento de la normatividad referente a las actividades reguladas, la Secretaría y las Alcaldías, en el ámbito de sus respectivas competencias, además de las establecidas en la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México y en el Reglamento de Verificación Administrativa del Distrito Federal, podrán imponer una o más de las siguientes medidas cautelares y de seguridad: Párrafo reformado G.O. CDMX 28/04/23 I. La suspensión temporal, total o parcial de obras o actividades que generen el riesgo; II. La suspensión temporal de registros o autorizaciones; III. El retiro de instalaciones; IV. La ejecución de medidas de mitigación; V. La orden de desocupación temporal de inmuebles; y VI. Las demás necesarias para preservar la integridad de las personas o de sus bienes, la seguridad pública o la salud de la población. Las medidas de seguridad tienen carácter preventivo y se aplicarán sin perjuicio de las sanciones que en su caso correspondan por las infracciones cometidas. Artículo reformado G.O.CDMX 02/03/21

Ver ley oficial en el DOF (pág. 69) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.