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Artículo 32 de la LEY DE GESTIÓN INTEGRAL DE RIESGOS Y PROTECCIÓN CIVIL DE LA CIUDAD DE MÉXICO.

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El gobierno de la Ciudad de México y las Alcaldías deben trabajar juntos pensando en toda la zona metropolitana, no solo en una parte. Para lograrlo, firman acuerdos con los estados y municipios cercanos, siempre respetando que cada quien toma sus propias decisiones. Estos acuerdos los hacen siguiendo lo que se decida en el Consejo de la Alcaldía y otros grupos de trabajo. En cada convenio tienen que escribir claramente qué se va a hacer, quién lo hace y, si se necesita, quién pone el dinero para prevenir o atender emergencias o desastres.

Texto oficial

Artículo 32. Las políticas, lineamientos y acciones de coordinación entre la Ciudad de México y las Alcaldías se llevarán a cabo con una visión metropolitana, mediante la suscripción de convenios de coordinación con las entidades federativas y los municipios conurbados, con base en los acuerdos y resoluciones que se tomen en el Consejo y en las demás instancias de coordinación, en estricto respeto de la autonomía y soberanía de cada una de ellas. Los convenios de coordinación incluirán en su contenido las acciones a realizar, los responsables de ejecutarlas y, en su caso, las aportaciones financieras de los obligados para la prevención y atención de emergencias o desastres. CAPÍTULO VI DEL CONSEJO DE LA ALCALDÍA

Ver ley oficial en el DOF (pág. 23) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.