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Ley
LEY DE GESTIÓN INTEGRAL DE RIESGOS Y PROTECCIÓN CIVIL DE LA CIUDAD DE MÉXICO.
Artículo
33

Artículo 33 de la LEY DE GESTIÓN INTEGRAL DE RIESGOS Y PROTECCIÓN CIVIL DE LA CIUDAD DE MÉXICO.

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los Consejos de las Alcaldías son grupos de personas que ayudan y aconsejan al Sistema en tu zona. Su función es asegurarse de que se cumplan los objetivos de ese Sistema en el área que les toca. Piensa en ellos como vigilantes que verifican que todo marche bien en tu alcaldía. No toman decisiones importantes, solo dan recomendaciones.

Texto oficial

Artículo 33. Los Consejos de las Alcaldías son órganos asesores del Sistema que velan por el cumplimiento de los objetivos del mismo en su ámbito territorial.

Ver texto oficial de la LEY DE GESTIÓN INTEGRAL DE RIESGOS Y PROTECCIÓN CIVIL DE LA CIUDAD DE MÉXICO. (pág. 24) ↗

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