Artículo 40 de la LEY DE GESTIÓN INTEGRAL DE RIESGOS Y PROTECCIÓN CIVIL DE LA CIUDAD DE MÉXICO.
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las reglas sobre cómo funcionan y se organizan los Consejos de las Alcaldías (que son como los grupos de trabajo de cada alcaldía) se van a definir en sus propias bases de operación, que son el documento que establece cómo se manejan. Esas reglas tienen que ser iguales a las que usa el Consejo de la alcaldía, pero adaptadas a su zona. O sea, no pueden inventar cosas distintas; simplemente copian el mismo modelo a su nivel.
Texto oficial
Artículo 40. Las normas relativas a la organización y funcionamiento de los Consejos de las Alcaldías estarán previstas en sus bases de operación y replicarán las del Consejo en su ámbito territorial.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.