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Artículo 40 de la LEY DE GESTIÓN INTEGRAL DE RIESGOS Y PROTECCIÓN CIVIL DE LA CIUDAD DE MÉXICO.

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las reglas sobre cómo funcionan y se organizan los Consejos de las Alcaldías (que son como los grupos de trabajo de cada alcaldía) se van a definir en sus propias bases de operación, que son el documento que establece cómo se manejan. Esas reglas tienen que ser iguales a las que usa el Consejo de la alcaldía, pero adaptadas a su zona. O sea, no pueden inventar cosas distintas; simplemente copian el mismo modelo a su nivel.

Texto oficial

Artículo 40. Las normas relativas a la organización y funcionamiento de los Consejos de las Alcaldías estarán previstas en sus bases de operación y replicarán las del Consejo en su ámbito territorial.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 26) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.