Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 6 de la LEY DE GESTIÓN INTEGRAL DE RIESGOS Y PROTECCIÓN CIVIL DE LA CIUDAD DE MÉXICO.

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Sistema de Gestión de Riesgos y Protección Civil de la CDMX es un conjunto organizado de reglas, acciones y estructuras en el que participan el gobierno de la ciudad, las alcaldías, el Congreso, los tribunales, organizaciones voluntarias, empresas, medios de comunicación y centros de investigación. Su objetivo es prevenir, reducir y controlar desastres o fenómenos que puedan causar daños, como temblores, inundaciones o incendios. Así, se busca estar preparados para actuar rápido, recuperarse y reconstruir después de una emergencia. En pocas palabras, es el equipo de todos los sectores para proteger a la ciudadanía ante cualquier peligro.

Texto oficial

Artículo 6. El Sistema de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil de la Ciudad de México, es fundamentalmente el conjunto orgánico y articulado de estructuras, normas, políticas públicas y acciones que establecen el Gobierno de la Ciudad de México; las Alcaldías; el Congreso; el Tribunal y los órganos autónomos con las diversas organizaciones voluntarias, empresariales, privadas y de la sociedad civil, los medios de comunicación y los centros de investigación, educación y desarrollo tecnológico para fortalecer la gobernabilidad ante el Riesgo de Desastres a partir de la prevención, reducción y control de los Fenómenos Perturbadores, que permitan una respuesta eficaz para la recuperación, la rehabilitación y la reconstrucción.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 9) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.