Artículo 21 del REGLAMENTO DE LA LEY DE PUBLICIDAD EXTERIOR DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría es la única que decide de qué tamaño deben ser los anuncios en los corredores publicitarios (las calles o zonas donde se permite poner publicidad). O sea, tú no puedes poner un anuncio del tamaño que quieras, sino que debes respetar las medidas que ellos marquen. Esto aplica para letreros, carteles o cualquier medio que use el espacio público para promocionar algo.
Texto oficial
Artículo 21. La Secretaría determinará las dimensiones de los medios publicitarios en los corredores publicitarios.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.