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Artículo 76 del REGLAMENTO DE LA LEY DE PUBLICIDAD EXTERIOR DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para este artículo, no necesitas pedir permiso si usas anuncios publicitarios pequeños. Por ejemplo, los letreros de "se vende", "se renta", o de ofertas de trabajo que midan menos de 2 metros cuadrados no requieren autorización. Tampoco necesitas permiso si pones el nombre de tu negocio o local en una calle secundaria, siempre que el letrero mida menos de 5 metros cuadrados. En pocas palabras, mientras más chico sea el anuncio, menos trámites tienes que hacer.

Texto oficial

Artículo 76. No se requerirá de autorización tratándose de los medios publicitarios enunciados en el párrafo anterior que tengan las siguientes superficies: a) Anuncios con información de compra, venta, renta, traspaso de inmuebles, oferta de empleo o similares, cuyas dimensiones sean menores a 2 metros cuadrados; y b) Denominativos en inmuebles ubicados en vías secundarias, menores a 5 metros cuadrados. CAPÍTULO III LICENCIAS

Ver ley oficial en el DOF (pág. 24) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.