Artículo 135 del REGLAMENTO DE LA LEY DE DESARROLLO URBANO DEL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si eres una persona o una empresa y quieres sacar piedras, grava o arena de un terreno en la Ciudad de México, necesitas un permiso especial llamado "licencia de explotación". Eso aplica solo si el material que piensas extraer es más de 1000 metros cúbicos, que es como una alberca olímpica llena de piedras. En pocas palabras, si es una cantidad chica no necesitas el permiso, pero si es grande, sí.
Texto oficial
Artículo 135. Requiere licencia de explotación la persona moral o física que, dentro del territorio de la Ciudad de México, pretenda explotar en un área de terreno materiales pétreos con un volumen mayor a 1000 metros cúbicos.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.