Artículo 137 del REGLAMENTO DE LA LEY DE DESARROLLO URBANO DEL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Tu licencia dura un año desde que la recibes. Puedes renovarla hasta cuatro veces, una por año, sin necesidad de hacer todo el trámite desde cero. Para renovarla, debes seguir las reglas que marca la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México. O sea, tienes derecho a usarla por cinco años en total si la renuevas cada año.
Texto oficial
Artículo 137. La vigencia de la licencia será de un año y su revalidación hasta por cuatro veces en forma anual, conforme a lo establecido en la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.