Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 89 del REGLAMENTO DE LA LEY DE DESARROLLO URBANO DEL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si eres el dueño de un terreno y quieres construir o modificar algo usando el sistema de cooperación (cuando varios propietarios se juntan para desarrollar un proyecto), necesitas entregar estos papeles: Primero, una carta donde pides unirte al sistema de cooperación y un convenio firmado que demuestre que ya te uniste. Luego, un estudio de impacto urbano hecho por un Perito en Desarrollo Urbano (un experto autorizado), que debe incluir: un análisis de las reglas que aplican a tu terreno, un estudio de agua (cuánta agua potable y de lluvia usará el proyecto y cómo afectará las tuberías), una descripción del proyecto con medidas como cuánto espacio ocupará y cuántos pisos tendrá, planos a escala (1:50, 1:75, 1:100 o 1:200), y al menos 10 fotos a color del lugar y sus alrededores.

Texto oficial

Artículo 89. Para solicitar dictamen de impacto urbano para los Sistemas de Actuación por Cooperación o su modificación o presentar el Aviso de Revalidación, el propietario además de cumplir con los requisitos dispuestos en la normatividad, deberá presentar lo siguiente: a) Solicitud de Adhesión al Sistema de Actuación por Cooperación; b) Convenio para acreditar la Adhesión al Sistema de Actuación por Cooperación; c) Estudio de impacto urbano debidamente suscrito y avalado por un Perito en Desarrollo Urbano, el cual deberá contener: 1. Análisis de la normatividad vigente aplicable en el predio o predios involucrados, incluyendo la justificación del anteproyecto en el entorno urbano, revisión de normas generales y normas particulares que apliquen. 2. Estudio hidráulico de la zona y de la demanda del proyecto que incluya: i) Necesidades hidráulicas: Determinación de las demandas de agua potable y residual tratada, requeridas por el desarrollo, otras fuentes de almacenamiento propio, en su caso, capacidad de la red de agua potable que alimentará al proyecto y determinación del impacto que causará el desarrollo a la red; y ii) Aguas residuales y pluviales: Gasto pluvial captado, determinación de la capacidad de conducción de la línea de descargas, impacto que causarán, altura de precipitación de diseño para un predio de retorno y una duración de la tormenta, altura de precipitación base por medio de isoyetas, área de captación basada en superficie del predio, volumen del tanque de tormenta y gasto sanitario; 3. Memoria descriptiva del anteproyecto que contemple resumen de áreas, coeficiente de ocupación del suelo, coeficiente de utilización del suelo, área libre, superficie total de construcción, número de niveles y altura, los usos de suelo y su conformación dentro de la propuesta; en caso de incluir en el anteproyecto construcciones existentes (demolición, modificación y/o restauración) éstas deberán estar señaladas en un plano con ashurados distintos señalando la ampliación, la modificación y las existentes; 4. Anteproyecto a nivel esquemático, plantas y cortes a escala 1:50, 1:75, 1:100 o 1:200, utilizando la que más se ajuste a las dimensiones del proyecto, incluyendo el cuadro de áreas, señalando la escala, escala gráfica, cotas y niveles; 5. Reporte fotográfico que incluya mínimo diez fotografías a color referenciadas en un plano de ubicación, larguillo fotográfico a color de esquina a esquina de la acera donde se ubique el predio y la acera de enfrente, así como de las manzanas colindantes a escala legible, el cual deberá contener el análisis de la zona con respecto al proyecto;

Ver ley oficial en el DOF (pág. 25) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.