Artículo 43 del REGLAMENTO DE LA LEY DE ESPACIOS CULTURALES INDEPENDIENTES DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Los miembros del Consejo deben cumplir con sus obligaciones tal como lo marca la ley y este reglamento, sin retrasos y de la manera correcta. En pocas palabras, tienen que hacer su trabajo a tiempo y bien hecho, siguiendo lo que ya está establecido.
Texto oficial
Artículo 43. Las personas integrantes del Consejo estarán obligadas a cumplir en tiempo y forma con las obligaciones establecidas en la Ley y el presente Reglamento. TÍTULO QUINTO PROGRAMAS Y ESTÍMULOS CAPÍTULO ÚNICO PROGRAMAS
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.