Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMX_6044/46
Ley
REGLAMENTO DE LA LEY DE ESPACIOS CULTURALES INDEPENDIENTES DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Artículo
46

Artículo 46 del REGLAMENTO DE LA LEY DE ESPACIOS CULTURALES INDEPENDIENTES DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cada año, el gobierno debe presentar un programa de capacitación para los ECI, que son los encargados de ciertos trámites o servicios. Este programa incluye cursos, talleres, pláticas y conferencias para enseñarles cosas como los trámites que se manejan, cómo acceder a apoyos o estímulos, y temas de protección civil y verificaciones. El objetivo es que los ECI estén bien orientados y sepan cómo ayudar a la gente en estos asuntos.

Texto oficial

Artículo 46. El Programa de Capacitación se presentará de forma anual e incluirá cursos, talleres, pláticas y conferencias para orientar a los ECI en materia de trámites y servicios, acceso a programas, estímulos e incentivos, protección civil y verificación administrativa, entre otros.

Ver texto oficial del REGLAMENTO DE LA LEY DE ESPACIOS CULTURALES INDEPENDIENTES DE LA CIUDAD DE MÉXICO (pág. 9) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.