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Artículo 10 del REGLAMENTO DE LA LEY DE ECONOMÍA CIRCULAR DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si eres una empresa en la Ciudad de México y quieres que revisen qué tan "circular" es tu producto o servicio (es decir, qué tanto se puede reusar o reciclar en lugar de tirarse a la basura), puedes pedir una Evaluación de Circularidad de manera voluntaria. Para eso, debes entregar a la Secretaría del Medio Ambiente varios documentos: un formato de solicitud, los permisos o licencias locales que ya tengas, y un "Manifiesto de Circularidad". Ese manifiesto es como un informe donde explicas cómo cumples con los criterios de circularidad, incluyendo un resumen ejecutivo que se hará público (con el nombre de tu empresa y los productos evaluados), junto con fotos y documentos que comprueben lo que dices. Durante la revisión, también tomarán en cuenta cualquier certificado o registro vigente que tengas, y tú debes avisarles de esos documentos al hacer tu solicitud.

Texto oficial

Artículo 10.- Las empresas interesadas podrán someter los procesos, productos y/o servicios que desarrollen, distribuyan o comercialicen en el territorio de la Ciudad de México, a la Evaluación de Circularidad, de carácter voluntario, para lo cual deberán presentar ante el Comité, a través de la Secretaría del Medio Ambiente, la siguiente documentación: I. Formato de solicitud determinado en los Lineamientos; II. Los permisos, autorizaciones, licencias, registros y requisitos administrativos de competencia local obligatorios conforme a las disposiciones legales y reglamentarias aplicables y que sean requeridos conforme a los Lineamientos; III. Manifiesto de Circularidad, el cual deberá contener: i) Descripción del cumplimiento de cada uno de los criterios de circularidad que resulten aplicables conforme a los esquemas de evaluación de procesos, productos y/o servicios, según corresponda, junto con su resumen ejecutivo; ii) Versión autorizada por la empresa interesada para su publicación en el Sistema de Información Pública de Economía Circular del resumen ejecutivo referido en el inciso anterior, la cual deberá contener, al menos, la razón social de la empresa y el nombre de los procesos, productos y/o servicios sometidos a evaluación, así como los demás elementos que se determinen en los Lineamientos; y iii) Anexo documental, técnico y fotográfico de los procesos, productos y/o servicios, según corresponda, que sustente el cumplimiento de los criterios de circularidad que es manifestado. Durante la evaluación de circularidad, se tomarán en cuenta los registros administrativos y certificaciones vigentes. Dentro de la solicitud, el interesado tendrá que hacer del conocimiento los registros y certificaciones vigentes con las que cuente.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 5) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.