REGLAMENTO DE LA LEY DE ECONOMÍA CIRCULAR DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Artículos explicados en lenguaje simple
- Art. 1Esta ley es obligatoria para todos en la Ciudad de México y su propósito es poner en práctica las reglas sobre economía circular, que básicamente significa reusar y reciclar para no desperdiciar. Aplica a negocios pequeños, medianos, grandes empresas y también a las autoridades encargadas del tema. Si tu negocio quiere participar en los procesos de reciclaje o reúso que marca la ley, esta reglamento te toca seguirlo.
- Art. 2Este artículo solo te dice cómo se van a llamar algunas cosas dentro de este reglamento. Por ejemplo, cuando veas la palabra "Comité", se refiere a un grupo de personas de distintas dependencias que evalúan qué tan circular es algo. "Distintivo" es como un sello o reconocimiento que se da por ser circular. "Manifiesto de Circularidad" es un documento que hacen las empresas si quieren que les revisen si sus productos o procesos son circulares. "Ley", "Lineamientos", "Programa" y "Red" son nombres cortos para referirse a documentos o grupos oficiales relacionados con la economía circular en la Ciudad de México.
- Art. 3La Secretaría del Medio Ambiente es la encargada de promover la economía circular. Esto significa que debe crear programas para que las empresas reutilicen materiales y reduzcan desperdicios, trabajando con otras secretarías como la de Desarrollo Económico. También tiene que evaluar qué tan circulares son los procesos de las empresas que se ofrezcan voluntariamente, y darles un sello o distintivo si cumplen con los requisitos. Además, puede proponer incentivos fiscales para las compañías que obtengan buenos resultados en esas evaluaciones, y firmar acuerdos con otros gobiernos o empresas para facilitar todo esto.
- Art. 4Además de lo que ya pueden hacer por ley, las secretarías (como Desarrollo Económico, Educación, Trabajo y las que forman parte del Comité) tienen dos tareas más: dar su opinión y participar en el proceso para evaluar si algo es circular (es decir, si se puede reusar o reciclar según las reglas), y también ayudar a revisar y aprobar esas reglas.
- Art. 5Las evaluaciones las va a hacer un grupo de varias dependencias llamado Comité Interinstitucional de Evaluación de Circularidad. Este comité se encarga de coordinar, dar seguimiento y vigilar cómo se aplica la Evaluación de Circularidad, además de autorizar y emitir el Distintivo en sus diferentes niveles. Cada dependencia o entidad sigue teniendo sus propias facultades que ya marca la ley, el comité no les quita esas atribuciones. En pocas palabras, es un equipo de varias instituciones que revisa y autoriza cómo se entrega un sello o reconocimiento, pero sin meterse en lo que cada oficina ya puede hacer por su cuenta.
- Art. 6El Comité está formado por los jefes de varias dependencias del gobierno. Lo encabeza la persona que está al frente de la Secretaría del Medio Ambiente. También son parte del comité los titulares de las Secretarías de Desarrollo Económico, Trabajo, Educación y Movilidad. En pocas palabras, son cinco altos funcionarios los que se sientan en esta mesa. Cada uno representa a su área para tomar decisiones importantes.
- Art. 7El grupo que toma decisiones (el Comité) puede invitar a sus juntas a otras oficinas del gobierno o instituciones que tengan algo que ver con el tema de la Evaluación de Circularidad. Los jefes de esas oficinas pueden mandar a alguien más en su lugar, como un representante. La persona que lleve la secretaría técnica la va a elegir el mismo Comité, según lo que diga su reglamento. Para que una junta sea válida y se puedan tomar acuerdos, debe estar presente más de la mitad de los miembros que tienen derecho a votar.
- Art. 8La Secretaría del Medio Ambiente es la encargada de poner en marcha la Evaluación de Circularidad, que revisa cómo se hacen los productos, procesos o servicios. Esto lo hace siguiendo las reglas que ya se acordaron en el Comité y los lineamientos que después se publiquen, además de los principios de diseño que marca la Ley. Si una empresa o persona no tiene los permisos, licencias, registros o cualquier otro trámite que exija la ley, no podrá participar en esa evaluación y será excluida automáticamente. Esto aplica para cualquier proceso, producto o servicio que quiera evaluarse.
- Art. 9Cuando el gobierno revisa si un producto o proceso cumple con las reglas de circularidad, debe proteger los secretos industriales y la información confidencial de la empresa. Esto significa que la autoridad no puede compartir ni divulgar esa información reservada, y tiene la obligación de cuidarla y guardarla bajo llave, como si fuera un secreto. En otras palabras, si tú le entregas datos privados a la autoridad, ellos se encargan de mantenerlos seguros.
- Art. 10Si eres una empresa en la Ciudad de México y quieres que revisen qué tan "circular" es tu producto o servicio (es decir, qué tanto se puede reusar o reciclar en lugar de tirarse a la basura), puedes pedir una Evaluación de Circularidad de manera voluntaria. Para eso, debes entregar a la Secretaría del Medio Ambiente varios documentos: un formato de solicitud, los permisos o licencias locales que ya tengas, y un "Manifiesto de Circularidad". Ese manifiesto es como un informe donde explicas cómo cumples con los criterios de circularidad, incluyendo un resumen ejecutivo que se hará público (con el nombre de tu empresa y los productos evaluados), junto con fotos y documentos que comprueben lo que dices. Durante la revisión, también tomarán en cuenta cualquier certificado o registro vigente que tengas, y tú debes avisarles de esos documentos al hacer tu solicitud.
- Art. 11Las oficinas de Medio Ambiente y Desarrollo Económico, juntas, deben actualizar el sistema público de información sobre economía circular. En ese sistema tienen que incluir los resúmenes ejecutivos que se mencionan en el artículo 10, punto III, inciso ii). Esto lo hacen para que la información esté disponible y sea clara para toda la gente. Así, cualquier persona puede enterarse de qué se está haciendo en economía circular.
- Art. 12El Comité tiene el derecho de verificar si lo que declaraste en el Manifiesto de Circularidad es cierto. Para eso, te puede pedir documentos o pruebas que demuestren que tu información es real y confiable. También puede hacer visitas a tu negocio o domicilio para comprobar que todo esté en orden, siguiendo las reglas de cada institución y lo que marca la ley de la Ciudad de México. Esas visitas las realizan los miembros del Comité, cada uno según su área y lo que les toca revisar.
- Art. 13El artículo dice que las reglas sobre cómo medir si algo es "circular" (que se puede reusar, reciclar o aprovechar al máximo) las va a definir más adelante un documento llamado Lineamientos. Para redactar esas reglas, la Secretaría del Medio Ambiente, junto con la de Desarrollo Económico, le va a preguntar su opinión a otras oficinas y dependencias del gobierno que tengan que ver con el tema, según lo que cada una sepa o maneje. Esto es para que los criterios salgan bien hechos y tomando en cuenta a todos los que están involucrados.
- Art. 14La Secretaría del Medio Ambiente le va a avisar a tu empresa qué nivel de circularidad alcanzó. Si sacaste al menos el 80% del puntaje total, te dan el "Distintivo Nivel 1". Si llegaste al 90%, te toca el "Nivel 2". Si cumpliste con todo el 100%, te dan el "Nivel 3". Y si después de una revalidación sigues manteniendo el 100%, recibes el "Nivel 4". Si no llegas al 80%, te dicen que no alcanzaste ningún distintivo, pero si tienes al menos el 50%, te dan un anexo con recomendaciones para que mejores tu circularidad.
- Art. 15La Secretaría del Medio Ambiente te va a avisar cuál fue el resultado de tu Evaluación de Circularidad. Ese aviso incluirá la resolución con los criterios que usaron, los resultados, el puntaje que sacaste y, si aplica según el artículo 14, un anexo técnico con recomendaciones. También te dirán si te ganas el Distintivo de Circularidad, que es como un sello o reconocimiento, según lo que marca el artículo 14. En pocas palabras, te entregan un documento con tu calificación y, si cumples, el distintivo.
- Art. 16El artículo 16 dice que los Distintivos de Circularidad (como una etiqueta o sello que muestra que algo es reciclable o ecológico) solo se pueden usar en los procesos, productos o servicios para los que fueron creados. Esto significa que no puedes poner ese sello en cualquier cosa que se te ocurra, solo en lo que específicamente te autorizaron. La vigencia de ese distintivo es de tres años, pero puedes renovarlo siguiendo las reglas de este reglamento. En corto: es como un permiso que dura tres años y solo sirve para lo que te lo dieron.
- Art. 17Si tu empresa recibe la autorización para usar el Distintivo de Circularidad Nivel 3 o Nivel 4, podrás obtener beneficios fiscales, es decir, pagar menos impuestos. Estos beneficios serán los que indiquen las reglas de esta ley y otras leyes relacionadas.
- Art. 18La Secretaría del Medio Ambiente va a crear un manual que explica cómo se debe usar el diseño del Distintivo de Circularidad, que es como un sello o logotipo que certifica algo. Ese manual será obligatorio para todas las empresas que tengan permiso de usar ese sello. O sea, si tu empresa ya recibió el derecho de usar el distintivo, tienes que seguir al pie de la letra las reglas que ponga ese manual. No hacerlo podría traerte problemas.
- Art. 19La Secretaría del Medio Ambiente te dará un manual donde viene el diseño del Distintivo de Circularidad, que es como un sello que muestra que tu empresa cuida el ambiente al reusar materiales. Ese manual trae la imagen gráfica del distintivo para que puedas imprimirla o grabarla en los procesos, productos o servicios de tu negocio. Solo puedes usarlo si tu empresa ya fue autorizada para tener ese reconocimiento. En pocas palabras, es la guía oficial para poner el sello ecológico en lo que haces o vendes.
- Art. 20Las empresas que ya tengan permiso para usar el Distintivo de Circularidad deben crear un código QR. Ese código va a ser parte del distintivo y servirá para que cualquier persona pueda ver, solo con escanearlo, el número de registro y la versión pública del resumen del Manifiesto de Circularidad. Este manifiesto es un documento donde la empresa explica cómo maneja la circularidad en sus procesos, productos o servicios. Así, al escanear el código, tú puedes consultar esa información fácilmente.
- Art. 21El artículo 21 prohíbe que cualquier persona o empresa use el dibujo o logotipo del Distintivo de Circularidad si no tiene permiso, según las reglas de esta ley. Si alguien lo usa sin autorización, puede meterse en problemas con la ley, ya sea multas, demandas o incluso castigos penales. Esto aplica tanto para negocios particulares como para instituciones públicas. En resumen, solo quienes están registrados y cumplen con los requisitos pueden usar esa imagen.
- Art. 22Si tu empresa obtuvo el Distintivo de Circularidad, cada año debes entregar a la Secretaría del Medio Ambiente un reporte de cómo vas con lo que prometiste. Eso del "Distintivo de Circularidad" es un sello que demuestra que tu negocio cuida el ambiente reciclando o reusando materiales. Tienes que hacer ese reporte cada año mientras tengas vigente el distintivo.
- Art. 23Si cambias algo en tu proceso o producto después de que te hayan dado el distintivo de circularidad, tienes que avisarle a la Secretaría del Medio Ambiente en un máximo de 10 días hábiles (no cuentan sábados ni domingos). Ellos checarán si el cambio está bien y decidirán si te dejan seguir usando el distintivo o te lo quitan.
- Art. 24El Comité tiene la facultad de visitar a las empresas o instituciones que forman parte del programa de circularidad para revisar si realmente están cumpliendo con lo que dijeron en sus reportes. Estas visitas se hacen según lo que cada dependencia puede hacer, y si no hay reglas específicas, se aplican las reglas generales que ya existen para hacer visitas de verificación. Todo esto sirve para confirmar que la información que dieron en los reportes es verdadera. Si te toca una visita, el Comité te avisará y seguirá el procedimiento establecido para no violar tus derechos.
- Art. 25Si una empresa quiere renovar el permiso para usar el Distintivo de Circularidad, debe seguir el mismo procedimiento de evaluación que marca este reglamento y los Lineamientos. Además, tiene que pedir la renovación con al menos 40 días hábiles de anticipación a que se venza el permiso actual. Si no lo hace a tiempo, puede perder el derecho.
- Art. 26El Comité puede detener el proceso de Evaluación de Circularidad o quitar el permiso para usar el Distintivo de Circularidad si descubre que la empresa actuó con dolo (intención de engañar), mala fe o quiso hacer que la autoridad se equivoque al presentar información falsa a sabiendas. En ese caso, avisará a las autoridades para que decidan qué hacer. También pueden quitar el permiso si la empresa ya no opera igual que cuando le dieron la autorización, o si no entrega a tiempo los reportes anuales o de cambios que le tocan. Antes de tomar una decisión, la Secretaría del Medio Ambiente debe emitir un documento oficial explicando claramente las razones.
- Art. 27Si no sigues lo que dice el Manual de uso del diseño del Distintivo de Circularidad, te pueden quitar el resultado de la Evaluación de Circularidad y también la autorización para usar ese distintivo. Esto significa que, si no cumples con las reglas, pierdes el derecho a mostrar que eres parte del Programa de Economía Circular.
- Art. 28Para hacer el Programa de Economía Circular, la Secretaría del Medio Ambiente va a trabajar con otras secretarías (las de Desarrollo Económico, Trabajo y Educación) para armar un borrador del plan. Cada una opina sobre lo que le toca según su área, y también toman en cuenta lo que digan otras oficinas del gobierno. Después, estas mismas secretarías pueden proponer cambios o agregados al programa. Si todas están de acuerdo con esos cambios, la Secretaría del Medio Ambiente se los pasa al Jefe de Gobierno para que dé el visto bueno.
- Art. 29La Secretaría del Medio Ambiente es la que se va a encargar de vigilar que las acciones del programa se cumplan, pero no lo hace sola. También va a trabajar de la mano con otras dependencias: la de Desarrollo Económico, la del Trabajo y Empleo, y la de Educación, Ciencia y Tecnología. En pocas palabras, varias áreas del gobierno de la ciudad se coordinan para asegurarse de que todo salga como se planeó. Esto es parte de lo que llaman la Red de Economía Circular de la CDMX, que busca reducir el desperdicio de materiales.
- Art. 30Se va a formar un grupo de personas que trabajarán en equipo, sin recibir pago, llamado Red de Economía Circular de la Ciudad de México. La idea de este grupo es crear soluciones usando el modelo de economía circular, que básicamente busca reutilizar y reciclar lo más posible para no desperdiciar nada. Para lograrlo, el gobierno va a cooperar con universidades, centros de investigación y empresas privadas. Así, entre todos, van a proponer ideas para manejar mejor los residuos y cuidar el medio ambiente.
- Art. 31La Red está formada por un representante de la Secretaría del Medio Ambiente y otro de la Secretaría de Educación, Ciencia, Tecnología e Innovación, que la van a coordinar. También la integra un representante de cada una de estas dependencias: Agencia Digital de Innovación Pública, Secretaría de Administración y Finanzas, Secretaría de Desarrollo Económico, Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, Secretaría de Movilidad, Secretaría de Obras y Servicios, Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo, y Secretaría de Turismo. Además, pueden entrar otras dependencias que tengan que ver con la Economía Circular si las coordinadoras las invitan. Cada dependencia debe elegir a un representante principal y a un suplente.
- Art. 32La Red puede invitar a participar a varios grupos. Primero, a empresas representadas por asociaciones o cámaras. Segundo, a universidades y centros de investigación, como el Politécnico, la UNAM, la UAM y otras universidades de la Ciudad de México. También pueden invitar a organizaciones de la sociedad civil que sepan sobre economía circular o temas parecidos. Esto significa que no solo el gobierno forma parte de la Red, sino también escuelas, empresas y grupos ciudadanos.
- Art. 33La Red tendrá estas tareas: 1. Crear sus propias reglas de operación, incluyendo cómo sus miembros tomarán decisiones. 2. Hacer un plan para medir qué tan circular es la ciudad (es decir, cuánto se reúsan y reciclan recursos) y darle seguimiento. 3. Detectar las zonas y los problemas más importantes que se puedan resolver con la economía circular (reducir desperdicios y aprovechar al máximo los recursos). 4. Diseñar estrategias y acciones para que empresas, gobierno y sociedad civil trabajen juntos en proyectos e innovaciones que ayuden a solucionar esos problemas. 5. Buscar dinero (financiamiento) para apoyar los proyectos de economía circular que la Red decida. 6. Hacer campañas de concientización y educación para que la gente en la Ciudad de México y las empresas aprendan a producir y consumir de manera responsable. 7. Crear una estrategia de comunicación propia, usando redes sociales y el Sistema de Información Pública de Economía Circular, para compartir los resultados, las mejores prácticas y los beneficios de la economía circular.
- Art. 34El artículo dice que la Red debe juntarse de forma normal por lo menos cada tres meses. También puede tener juntas adicionales cuando sea necesario para hacer su trabajo. Además, puede formar grupos de trabajo que se reúnan según lo que se necesite y lo que ya se haya planeado hacer. Esto ayuda a que no se atasquen y puedan resolver lo que se vaya presentando.