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Artículo 21 del REGLAMENTO DE LA LEY DE ECONOMÍA CIRCULAR DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 21 prohíbe que cualquier persona o empresa use el dibujo o logotipo del Distintivo de Circularidad si no tiene permiso, según las reglas de esta ley. Si alguien lo usa sin autorización, puede meterse en problemas con la ley, ya sea multas, demandas o incluso castigos penales. Esto aplica tanto para negocios particulares como para instituciones públicas. En resumen, solo quienes están registrados y cumplen con los requisitos pueden usar esa imagen.

Texto oficial

Artículo 21.- Queda prohibido el uso de la imagen gráfica del Distintivo de Circularidad para cualquier sujeto de carácter público o privado que no esté autorizado en los términos del presente ordenamiento y los Lineamientos; en caso de hacerlo, serán sujetos a sanciones de carácter penal, administrativo, mercantil o civil que al efecto sean aplicables por dicha conducta. Sección III Seguimiento del Distintivo de Circularidad

Ver ley oficial en el DOF (pág. 7) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.