Artículo 122 de la LEY AMBIENTAL DE PROTECCIÓN A LA TIERRA EN LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría puede hacer tratos o acuerdos con otras instituciones para crear programas que ayuden a ahorrar energía y usarla de manera más eficiente, sin desperdiciarla. También puede hacer acuerdos para impulsar el desarrollo de distintas fuentes de energía, como la solar o la eólica, que son renovables. Todo esto debe hacerse siguiendo las reglas y principios que marca esta Ley.
Texto oficial
ARTÍCULO 122.- La Secretaría celebrará acuerdos y convenios para el establecimiento de programas que permitan el ahorro de energía y su utilización eficiente, así como para el desarrollo de diferentes fuentes de energía, incluidas las fuentes renovables, conforme a los principios establecidos en la presente Ley.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.