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Ley
LEY AMBIENTAL DE PROTECCIÓN A LA TIERRA EN LA CIUDAD DE MÉXICO
Artículo
128

Artículo 128 de la LEY AMBIENTAL DE PROTECCIÓN A LA TIERRA EN LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría de Salud, junto con otras autoridades del gobierno federal y de los estados, va a crear un sistema para juntar toda la información sobre cómo la contaminación del aire, el agua y la tierra afecta la salud de las personas. Esto quiere decir que van a reunir datos sobre problemas de salud causados por respirar aire sucio, tomar agua contaminada o estar en contacto con suelos dañados. La idea es que ese sistema sirva para saber qué está pasando y tomar medidas para cuidar a la gente. Así, si vives cerca de una fábrica o de un río contaminado, el gobierno podrá enterarse de los riesgos y actuar.

Texto oficial

ARTÍCULO 128.- La Secretaría en coordinación con las autoridades federales y locales, establecerá un sistema de información relativo a los impactos en la salud provocados por la exposición a la contaminación del aire, agua y suelo.

Ver texto oficial de la LEY AMBIENTAL DE PROTECCIÓN A LA TIERRA EN LA CIUDAD DE MÉXICO (pág. 44) ↗

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