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Artículo 134 de la LEY AMBIENTAL DE PROTECCIÓN A LA TIERRA EN LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que las delegaciones (ahora llamadas alcaldías en la CDMX) deben trabajar junto con la Secretaría de Medio Ambiente para evitar que se ensucie el aire. Tienen que ponerse de acuerdo para tomar acciones como revisar fábricas o chimeneas que echen humo. La idea es controlar la contaminación que sale de lugares fijos, como industrias o establecimientos. Así, entre ambas, se encargan de que el aire esté más limpio para todos.

Texto oficial

ARTÍCULO 134.- Para prevenir y controlar la contaminación de la atmósfera, las Delegaciones, tomarán las medidas necesarias en coordinación con la Secretaría. SECCIÓN II CONTROL DE EMISIONES CONTAMINANTES PROVENIENTES DE FUENTES FIJAS

Ver ley oficial en el DOF (pág. 45) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.