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Artículo 192 de la LEY AMBIENTAL DE PROTECCIÓN A LA TIERRA EN LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si alguien verifica coches y entrega los papeles que dicen que pasaron la prueba sin tener permiso para hacerlo, le van a aplicar un castigo según esta ley y otras reglas. Además, a los centros de verificación que hagan trampa para que un coche contaminante apruebe la revisión, les van a quitar su permiso para siempre. Por ejemplo, está prohibido: modificar el equipo de prueba o cómo se toma la muestra, verificar un coche para que pase otro, poner los datos de un vehículo diferente al que hizo la prueba, y usar cualquier aparato o sistema que no esté autorizado.

Texto oficial

ARTÍCULO 192.- Quienes realicen verificaciones de vehículos automotores y entreguen los documentos que acrediten su aprobación sin contar con la autorización correspondiente, serán sancionados en los términos de esta Ley y las demás disposiciones jurídicas aplicables. Será revocada la autorización a los centros de verificación vehicular que presten el servicio de verificación a un vehículo, realizando pruebas trampeadas con la finalidad de modificar los resultados para lograr la aprobación de emisiones de algún vehículo, como son: I.- Alterar el equipo o la toma de la muestra; II.- Verificar un vehículo para aprobar otro; III.- Capturar la información de identidad de un vehículo que no corresponda al que realmente efectuó la prueba; y IV. - Usar cualquier dispositivo o sistema no autorizado.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 54) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.