Artículo 216 de la LEY AMBIENTAL DE PROTECCIÓN A LA TIERRA EN LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si cometiste una falta y antes de que te multen arreglas el problema o corriges lo que hiciste mal, debes avisarle a la autoridad correspondiente. Ellos van a tomar en cuenta que ya solucionaste el asunto y eso puede hacer que la sanción sea más leve o incluso que no te castiguen tan fuerte. Pero ojo: tienes que hacerlo antes de que te impongan la multa. Es como si al darte cuenta del error, lo reparas y se lo dices al jefe, para que vea que ya quedó todo en orden.
Texto oficial
ARTÍCULO 216.- En el caso en que el infractor realice las medidas correctivas o de urgente aplicación, o subsane las irregularidades en que hubiere incurrido, previamente a la imposición de una sanción y siempre que lo haga del conocimiento de la autoridad competente, ésta considerará tal situación como atenuante al momento de dictar la resolución respectiva.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.