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Artículo 216 de la LEY AMBIENTAL DE PROTECCIÓN A LA TIERRA EN LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si cometiste una falta y antes de que te multen arreglas el problema o corriges lo que hiciste mal, debes avisarle a la autoridad correspondiente. Ellos van a tomar en cuenta que ya solucionaste el asunto y eso puede hacer que la sanción sea más leve o incluso que no te castiguen tan fuerte. Pero ojo: tienes que hacerlo antes de que te impongan la multa. Es como si al darte cuenta del error, lo reparas y se lo dices al jefe, para que vea que ya quedó todo en orden.

Texto oficial

ARTÍCULO 216.- En el caso en que el infractor realice las medidas correctivas o de urgente aplicación, o subsane las irregularidades en que hubiere incurrido, previamente a la imposición de una sanción y siempre que lo haga del conocimiento de la autoridad competente, ésta considerará tal situación como atenuante al momento de dictar la resolución respectiva.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 62) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.