Artículo 225 de la LEY AMBIENTAL DE PROTECCIÓN A LA TIERRA EN LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si la autoridad encargada del medio ambiente descubre, por su trabajo, que alguien está cometiendo un delito contra la naturaleza (como tirar basura tóxica o cazar animales protegidos), tiene la obligación de levantar una denuncia formal ante el Ministerio Público (que es como la fiscalía). Además, cualquier persona puede ir por su cuenta a poner una denuncia penal si ve que alguien está dañando el ambiente, sin necesidad de esperar a que lo haga una autoridad. Esto aplica solo para los delitos ambientales que ya están escritos en el Código Penal. En resumen, tanto las autoridades como los ciudadanos pueden reportar estos crímenes para que se investiguen.
Texto oficial
ARTÍCULO 225.- En aquellos casos en que, como resultado del ejercicio de sus atribuciones, la autoridad ambiental tenga conocimiento de actos u omisiones que pudieran constituir delitos conforme a lo previsto en la legislación penal aplicable, formulará ante el Ministerio Público la denuncia correspondiente. Toda persona podrá presentar directamente las denuncias penales que correspondan a los delitos en contra del ambiente previstos en el Código Penal vigente.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.