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Ley
LEY AMBIENTAL DE PROTECCIÓN A LA TIERRA EN LA CIUDAD DE MÉXICO
Artículo
33

Artículo 33 de la LEY AMBIENTAL DE PROTECCIÓN A LA TIERRA EN LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los planes de ordenamiento ecológico tienen que checarse siempre y, si es necesario, actualizarse cada tres años. Esto significa que el gobierno debe vigilar constantemente cómo se usan los recursos naturales en tu zona. Si ves que algo cambia, como nuevas construcciones o problemas ambientales, esas reglas se tienen que modificar. Así se aseguran de que todo esté al corriente y funcione bien para cuidar el medio ambiente.

Texto oficial

ARTÍCULO 33.- Los programas de ordenamiento ecológico deberá ser revisado en forma permanente, y en su caso, actualizado cada tres años.

Ver texto oficial de la LEY AMBIENTAL DE PROTECCIÓN A LA TIERRA EN LA CIUDAD DE MÉXICO (pág. 17) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.