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Artículo 44 de la LEY AMBIENTAL DE PROTECCIÓN A LA TIERRA EN LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La evaluación de impacto ambiental es como un examen que la autoridad hace a proyectos como obras, programas o actividades, para ver si van a dañar el medio ambiente o los recursos naturales en la Ciudad de México. El objetivo es evitar o reducir esos daños, prevenir problemas futuros y usar los recursos de manera sostenible, sin acabarlos. Este trámite empieza cuando presentas un estudio de impacto ambiental ante la Secretaría, y termina cuando ellos te dan su respuesta o fallo. El estudio debe hacerse según lo que marca la ley y su reglamento. Hay diferentes tipos de estudios, como la manifestación de impacto ambiental (general o específica), el informe preventivo o el estudio de riesgo ambiental, entre otros.

Texto oficial

ARTÍCULO 44.- La evaluación de impacto ambiental es el procedimiento a través del cual la autoridad evalúa los efectos que sobre el ambiente y los recursos naturales pueden generar la realización de programas, obras y actividades de desarrollo dentro del territorio del Distrito Federal, a fin de evitar o reducir al mínimo efectos negativos sobre el ambiente, prevenir futuros daños al ambiente y propiciar el aprovechamiento sustentable de los recursos naturales. El procedimiento de evaluación de impacto ambiental se inicia mediante la presentación del estudio de impacto ambiental en sus diferentes modalidades ante la Secretaría y concluye con la resolución ó dictamen que esta emita. La elaboración del estudio de impacto ambiental se sujetará a lo que establecen la presente Ley y su reglamento correspondiente a la materia. Las modalidades de los estudios de impacto ambiental son: I. Evaluación ambiental estratégica. II. Manifestación de impacto ambiental específica; III. Manifestación de impacto ambiental general; IV. Informe preventivo; V. Estudio de riesgo ambiental; y VI. Declaratoria de cumplimiento ambiental.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 18) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.