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Artículo 62 de la LEY AMBIENTAL DE PROTECCIÓN A LA TIERRA EN LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría (que es la dependencia del gobierno encargada del medio ambiente) va a promover programas donde las empresas o personas se comprometan voluntariamente a cuidar el ambiente, y también les dará beneficios fiscales, como descuentos en impuestos, si participan en estos programas. Que una empresa decida hacer una auditoría ambiental voluntaria (un chequeo para ver si contamina) no la exime de que el gobierno pueda inspeccionarla cuando quiera y aplicarle sanciones si no cumple la ley. Es decir, ser voluntario en estos programas es un extra, pero no te libra de las revisiones normales de las autoridades.

Texto oficial

ARTÍCULO 62.- La Secretaría fomentará programas de autorregulación y auditoría ambiental y promoverá la aplicación de incentivos fiscales, a quienes participen en dichos programas. El desarrollo de la auditoría ambiental es de carácter voluntario y no limita las facultades que esta Ley confiere a la autoridad en materia de inspección y vigilancia.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 26) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.