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Ley
LEY AMBIENTAL DE PROTECCIÓN A LA TIERRA EN LA CIUDAD DE MÉXICO
Artículo
63

Artículo 63 de la LEY AMBIENTAL DE PROTECCIÓN A LA TIERRA EN LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si tienes un negocio como una fábrica, tienda o lugar de entretenimiento y quieres una auditoría ambiental —que es como una revisión para ver si estás cuidando el medio ambiente—, primero debes pedirlo por escrito. En esa solicitud tienes que aceptar por compromiso que vas a cumplir con las leyes ambientales y también con las sugerencias que te dé la misma auditoría. Básicamente, no puedes pedir la revisión solo por cumplir, sino que debes comprometerte de verdad a hacer los cambios que te digan.

Texto oficial

ARTÍCULO 63.- Los responsables de los establecimientos industriales, mercantiles, de servicios y de espectáculos, que pretendan una auditoría ambiental deberán solicitar por escrito su incorporación al programa de auditorías ambientales y establecer su compromiso de cumplir con la normatividad correspondiente y con las recomendaciones derivadas de la propia auditoría.

Ver texto oficial de la LEY AMBIENTAL DE PROTECCIÓN A LA TIERRA EN LA CIUDAD DE MÉXICO (pág. 26) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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