Artículo 65 de la LEY DE MITIGACIÓN Y ADAPTACIÓN AL CAMBIO CLIMÁTICO Y DESARROLLO SUSTENTABLE DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Gobierno de la Ciudad de México puede unirse o crear sistemas para comprar y vender permisos de contaminación, ya sea aquí en la ciudad, en todo el país o en el extranjero. La Secretaría encargada del medio ambiente va a promover que se hagan proyectos o acciones para que la ciudad pueda participar en esos sistemas. En palabras simples, buscan que la Ciudad de México pueda intercambiar "derechos para contaminar" o incentivos para reducir la contaminación con otros lugares. Es como si pudieran vender o comprar puntos de contaminación permitida, siempre y cuando sea legal y ayude al ambiente.
Texto oficial
Artículo 65. El Gobierno de la Ciudad de México podrá crear y participar en sistemas de comercio de emisiones locales, nacionales e internacionales. La Secretaría fomentará la generación de proyectos, medidas o acciones para su participación en estos mecanismos.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.