Artículo 86 de la LEY DE MITIGACIÓN Y ADAPTACIÓN AL CAMBIO CLIMÁTICO Y DESARROLLO SUSTENTABLE DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría va a hacer y compartir información sobre qué sectores (como salud, agua o agricultura) corren más peligro por el cambio climático en la Ciudad de México, qué consecuencias se esperan y cuáles necesitan más atención. Si se trata de grupos vulnerables (como personas mayores, con discapacidad o en pobreza), esa información debe ser clara, directa y especialmente diseñada para ellos, explicando los riesgos y amenazas que enfrentan. El chiste es que así puedan entender mejor qué hacer para protegerse o reducir el daño, con ayuda de las autoridades encargadas.
Texto oficial
Artículo 86. La Secretaría elaborará y divulgará información sobre los sectores de mayor riesgo ante el cambio climático, los efectos esperados, y que requieran mayor atención en la Ciudad de México. En el caso de los grupos en situación de vulnerabilidad, la comunicación deberá de ser focalizada, directa y específica en cuanto a los riesgos y amenazas detectados a fin de poder promover una mejor instrumentación de medidas y acciones de adaptación y mitigación, a través de las autoridades correspondientes.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.