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Artículo 85 de la LEY DE MITIGACIÓN Y ADAPTACIÓN AL CAMBIO CLIMÁTICO Y DESARROLLO SUSTENTABLE DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 85 dice cómo se debe comunicar la Ciudad de México sobre el cambio climático. Busca que todos entiendan y sigan las reglas contra el cambio climático, tomando en cuenta lo que necesita cada zona de la ciudad. También quiere que la sociedad civil (ciudadanos y organizaciones) tenga poder para participar y tomar decisiones junto con el gobierno y las empresas. La información debe ser clara, útil y fácil de entender para todos. Además, intenta que la gente y las instituciones tengan hábitos que cuiden el ambiente y sean justos para la sociedad, ayudando a que los proyectos beneficien a la población.

Texto oficial

Artículo 85. La comunicación para la acción ante el Cambio Climático se orientará a: I. Fomentar la difusión y adopción de la Política de la Ciudad de México en materia de cambio climático; II. Identificar las necesidades y prioridades locales; III. Promover el empoderamiento de la sociedad civil, y redes de colaboración, así como codecisión pública, privada y social; IV. Hacer que la información sea oportuna, comprensible y significativa; V. Promover actitudes y comportamientos ambiental, socialmente sustentables entre los sectores público, social, privado, y ciudadanos; y VI. Apoyar a la gestión de proyectos, acciones y medidas, al permitir atender las necesidades de la población.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 20) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.