Artículo 97 de la LEY DE MITIGACIÓN Y ADAPTACIÓN AL CAMBIO CLIMÁTICO Y DESARROLLO SUSTENTABLE DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría, junto con la Comisión, las dependencias del gobierno de la CDMX y las Alcaldías, tiene que juntar y cuidar toda la información sobre el cambio climático. Esto significa que deben llevar un registro, mantenerlo ordenado, actualizarlo cada que sea necesario y hacerlo público para que todos lo conozcan. En pocas palabras, se encargan de que los datos sobre el clima y sus cambios estén disponibles y claros para la gente.
Texto oficial
Artículo 97. La Secretaría, en coordinación con la Comisión y las dependencias del Gobierno de la Ciudad de México, y las Alcaldías deberán registrar, organizar, actualizar y difundir la información sobre cambio climático.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.