Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 45 de la LEY DE INGRESOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO PARA EL EJERCICIO FISCAL 2024

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si debes pagar impuestos en la Ciudad de México y no lo haces a tiempo, te van a cobrar un extra llamado "recargo". Este artículo establece las tasas mensuales que se aplican dependiendo de cuánto tiempo tardes en pagar. Si pagas en un plazo de hasta 12 meses, te cobrarán el 0.42% mensual adicional; si tardas entre 13 y 24 meses, la tasa sube al 0.67% mensual; y si te pasas de 24 meses, te tocará pagar el 0.83% mensual. Además, estos recargos se calculan siguiendo las reglas que ya están en el artículo 42 del mismo código.

Texto oficial

Artículo 45° del Código Fiscal de la Ciudad de México, durante el ejercicio fiscal 2024 se estará a lo siguiente: I. Hasta doce meses de plazo, la tasa aplicable será de 0.42 por ciento mensual; II. Más de doce meses y hasta veinticuatro meses, la tasa será de 0.67 por ciento mensual, y III. Para un plazo mayor a veinticuatro meses, la tasa será de 0.83 por ciento mensual. En todo caso, los recargos por concepto de indemnización a que se refiere el artículo 42 del Código Fiscal de la Ciudad de México se calcularán considerando lo previsto en el artículo 3º de la presente Ley. Palacio Legislativo del Congreso de la Ciudad de México, a los catorce días del mes de diciembre del año dos mil veintitrés.- POR LA MESA DIRECTIVA.- DIPUTADA MARÍA GABRIELA SALIDO MAGOS, PRESIDENTA.- DIPUTADA MARCELA FUENTE CASTILLO, SECRETARIA.- DIPUTADA ANA JOCELYN VILLAGRÁN VILLASANA, SECRETARIA.- (Firmas) Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 122, apartado A, base III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 32, apartado C, numeral 1, inciso a), de la Constitución Política de la Ciudad de México; 2, párrafo segundo, 3, fracciones XVII y XVIII, 7, párrafo primero, 10, fracción II, 12 y 21, párrafo primero, de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto Promulgatorio en la Residencia Oficial de la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México, a los veintidós días del mes de diciembre del año dos mil veintitrés.- EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO, DR. MARTÍ BATRES GUADARRAMA.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE GOBIERNO, RICARDO RUIZ SUÁREZ.- FIRMA.- LA SECRETARIA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS, LUZ ELENA GONZÁLEZ ESCOBAR.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE LA CONTRALORÍA GENERAL, JUAN JOSÉ SERRANO MENDOZA.- FIRMA.- LA SECRETARIA DE CULTURA, CLAUDIA STELLA CURIEL DE ICAZA.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE DESARROLLO ECONÓMICO, FADLALA AKABANI HNEIDE.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA, CARLOS ALBERTO ULLOA PÉREZ.- FIRMA.- LA SECRETARIA DE EDUCACIÓN, CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN, JESÚS OFELIA ANGULO GUERRERO.- FIRMA.- LA SECRETARIA DE GESTIÓN INTEGRAL DE RIESGOS Y PROTECCIÓN CIVIL, MYRIAM VILMA URZÚA VENEGAS.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE INCLUSIÓN Y BIENESTAR SOCIAL, RIGOBERTO SALGADO VÁZQUEZ.- FIRMA.- LA SECRETARIA DEL MEDIO AMBIENTE, MARINA ROBLES GARCÍA.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE MOVILIDAD, ANDRÉS LAJOUS LOAEZA.- FIRMA.- LA SECRETARIA DE LAS MUJERES, INGRID AURORA GÓMEZ SARACÍBAR.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE OBRAS Y SERVICIOS, JESÚS ANTONIO ESTEVA MEDINA.- FIRMA.- LA SECRETARIA DE PUEBLOS Y BARRIOS ORIGINARIOS Y COMUNIDADES INDÍGENAS RESIDENTES, LAURA ITA ANDEHUI RUIZ MONDRAGÓN.- FIRMA.- LA SECRETARIA DE SALUD, OLIVA LÓPEZ ARELLANO.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE SEGURIDAD CIUDADANA, PABLO VÁZQUEZ CAMACHO.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE TRABAJO Y FOMENTO AL EMPLEO, JOSÉ LUIS RODRÍGUEZ DÍAZ DE LEÓN.- FIRMA.- LA SECRETARÍA DE TURISMO, NATHALIE VERONIQUE DESPLAS PUEL.- FIRMA.- EL CONSEJERO JURÍDICO Y DE SERVICIOS LEGALES, NÉSTOR VARGAS SOLANO.- FIRMA. ANEXO 1 ESTIMACIÓN DEL FACTOR El factor se estima conforme al artículo 18 del Código Fiscal de la Ciudad de México. a) Se calcula el índice promedio de los doce meses más recientes y el índice promedio de los doce meses anteriores. MES Índice Nacional de Precios al Consumidor 2022 2023 Noviembre* 116.884 125.997 Diciembre* 117.308 126.478 Enero 118.002 127.336 Febrero 118.981 128.046 Marzo 120.159 128.389 Abril 120.809 128.363 Mayo 121.022 128.084 Junio 122.044 128.214 Julio 122.948 128.832 Agosto 123.803 129.545 Septiembre 124.571 130.120 Octubre 125.276 130.609 Promedio 120.984 128.334 *Corresponden al año previo. Fuente: Gobierno de la Ciudad de México, Secretaría de Administración y Finanzas, con base en información del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI). b) Se divide el índice promedio de los doce meses más recientes entre el índice promedio de los doce meses anteriores, obteniendo así el factor. Factor = Índice promedio 2023 = 128.334 = 1.0608 Índice promedio 2022 120.984 ANEXO 2 Resultados de Ingresos 2018-2023 del Gobierno de la Ciudad de México Iniciativa de Ley de Ingresos de la Ciudad de México para el Ejercicio Fiscal 2024 (Millones de Pesos) Concepto 2018 /2 2019 2020 2021 2022 Cierre 2023 /4 1. Ingresos de Libre Disposición (1=A+B+C+D+E+F+G+H+I+J+K+L) 207,898.4 214,087.7 200,632.8 207,879.8 234,801.2 228,170.0 A. Impuestos 58,185.7 58,800.1 55,966.1 60,623.6 68,845.0 65,840.2 B. Cuotas y Aportaciones de Seguridad Social 3,415.9 3,933.9 3,675.3 4,583.1 4,572.6 4,737.9 C. Contribuciones de Mejoras 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 D. Derechos 14,163.4 13,212.9 11,088.5 12,492.7 13,187.6 13,610.8 E. Productos 17,416.2 15,107.8 12,846.5 12,263.1 13,499.9 13,091.7 F. Aprovechamientos /1 5,649.9 8,886.5 10,680.0 9,744.2 10,783.5 4,823.8 G. Ingresos por Ventas de Bienes y Prestación de Servicios 16,131.9 20,539.7 18,868.3 14,965.0 20,031.0 18,236.7 H. Participaciones 85,056.1 84,323.4 82,730.8 89,218.5 99,069.3 103,009.4 I. Incentivos Derivados de la Colaboración Fiscal 7,879.3 9,283.5 4,777.2 3,989.4 4,812.4 4,819.6 J. Transferencias y Asignaciones 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 K. Convenios 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 L. Otros Ingresos de Libre Disposición 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 2. Transferencias Federales Etiquetadas (2=A+B+C+D+E) 28,944.6 29,425.0 31,783.0 24,754.6 32,623.5 34,688.8 A. Aportaciones 14,702.3 16,435.5 16,664.6 16,705.1 18,735.1 21,463.0 B. Convenios 13,903.7 9,496.8 8,379.9 6,502.1 10,680.4 9,353.0 C. Fondos Distintos de Aportaciones /3 338.6 3,492.7 6,738.5 1,547.4 3,208.0 3,872.8 D. Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Subvenciones, y Pensiones y Jubilaciones 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 E. Otras Transferencias Federales Etiquetadas 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 3. Ingresos Derivados de Financiamientos (3=A) 3,857.1 5,500.0 3,112.1 4,107.2 4,463.5 3,000.0 A. Ingresos Derivados de Financiamientos 3,857.1 5,500.0 3,112.1 4,107.2 4,463.5 3,000.0 4. Total de Resultados de Ingresos (4=1+2+3) 240,700.2 249,012.7 235,527.9 236,741.7 271,888.2 265,858.8 /1 No incluye a los Ingresos Derivados de la Colaboración Fiscal. /2 Para el ejercicio fiscal 2018 , de conformidad con el "ACUERDO por el que se reforma y adiciona el manual de contabilidad gubernamental" publicado por CONAC el 27 de diciembre de 2017 en el DOF (con vigencia a partir de 01 de enero de 2018), el "ACUERDO por el que se reforma y adiciona el Clasificador por Rubros de Ingresos" publicado el 11 de junio de 2018 en el DOF y al "AVISO por el que se da a conocer el Manual de Contabilidad de la Ciudad de México Poder Ejecutivo" publicado en la GOCDMX el 27 de junio de 2018, para 2018 los ingresos recaudados por concepto de Incentivos Derivados de la Colaboración Fiscal considerados en el rubro de Aprovechamientos, se reubicaron a nivel de rubro dentro de los Ingresos de Origen Federal. /3 Para el ejercicio fiscal 2018 , de conformidad con el "ACUERDO por el que se reforma y adiciona el manual de contabilidad gubernamental" publicado por CONAC el 27 de diciembre de 2017 en el DOF (con vigencia a partir de 01 de enero de 2018), el "ACUERDO por el que se reforma y adiciona el Clasificador por Rubros de Ingresos" publicado el 11 de junio de 2018 en el DOF y al "AVISO por el que se da a conocer el Manual de Contabilidad de la Ciudad de México Poder Ejecutivo" publicado en la GOCDMX el 27 de junio de 2018, para 2018 los ingresos recaudados por concepto de “otros" (Fideicomiso para la Infraestructura de los Estados y Fondo de Estabilización de los ingresos de las Entidades Federativas) considerados en el rubro de “Convenios y Otros”, se consideran a nivel de rubro dentro de Fondos Distintos de Aportaciones. /4 Cifras estimadas con información preliminar. Nota: Los Impuestos, Derechos, Productos y Aprovechamientos, incluyen accesorios. Las sumas y variaciones pueden no coincidir por efectos de redondeo. Fuente: Gobierno de la Ciudad de México, Secretaría de Administración y Finanzas. ANEXO 3 Proyecciones de Ingresos 2024-2029 del Gobierno de la Ciudad de México Iniciativa de Ley de Ingresos de la Ciudad de México para el Ejercicio Fiscal 2024 (Millones de Pesos) Concepto 2024 2025 2026 2027 2028 2029 1. Ingresos de Libre Disposición (1=A+B+C+D+E+F+G+H+I+J+K+L) 242,430.4 252,881.1 263,105.0 273,794.6 284,892.8 296,573.2 A. Impuestos 75,534.0 78,555.4 81,697.6 84,965.5 88,364.1 91,898.7 B. Cuotas y Aportaciones de Seguridad Social 4,965.2 5,717.8 6,162.4 6,634.4 7,142.2 7,755.5 C. Contribuciones de Mejoras 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 D. Derechos 15,525.1 16,146.1 16,792.0 17,463.7 18,162.2 18,888.7 E. Productos 14,454.2 15,032.4 15,633.7 16,259.0 16,909.4 17,585.7 F. Aprovechamientos 6,075.7 6,318.8 6,571.5 6,834.4 7,107.7 7,392.1 G. Ingresos por Ventas de Bienes y Prestación de Servicios 10,748.6 11,378.1 11,726.0 12,134.9 12,524.2 12,982.3 H. Participaciones 108,355.3 112,689.5 117,197.0 121,884.9 126,760.3 131,830.7 I. Incentivos Derivados de la Colaboración Fiscal 6,772.3 7,043.1 7,324.9 7,617.9 7,922.6 8,239.5 J. Transferencias y Asignaciones 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 K. Convenios 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 L. Otros Ingresos de Libre Disposición 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 2. Transferencias Federales Etiquetadas (2=A+B+C+D+E) 23,034.9 23,956.3 24,914.6 25,911.2 26,947.6 28,025.5 A. Aportaciones 22,542.6 23,444.3 24,382.1 25,357.4 26,371.7 27,426.5 B. Convenios 492.3 512.0 532.5 553.8 576.0 599.0 C. Fondos Distintos de Aportaciones 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 D. Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Subvenciones, y Pensiones y Jubilaciones 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 E. Otras Transferencias Federales Etiquetadas 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 3. Ingresos Derivados de Financiamientos (3=A) 2,500.0 3,000.0 3,000.0 3,000.0 3,000.0 3,000.0 A. Ingresos Derivados de Financiamientos 2,500.0 3,000.0 3,000.0 3,000.0 3,000.0 3,000.0 4. Total de Resultados de Ingresos (4=1+2+3) 267,965.4 279,837.5 291,019.6 302,705.8 314,840.4 327,598.8 Nota: Los Impuestos, Derechos, Productos y Aprovechamientos, incluyen accesorios. Las sumas y variaciones pueden no coincidir por efectos de redondeo. Fuente: Gobierno de la Ciudad de México, Secretaría de Administración y Finanzas. Palacio Legislativo del Congreso de la Ciudad de México, a los catorce días del mes de diciembre del año dos mil veintitrés.- POR LA MESA DIRECTIVA.- DIPUTADA MARÍA GABRIELA SALIDO MAGOS, PRESIDENTA.- DIPUTADA MARCELA FUENTE CASTILLO, SECRETARIA.- DIPUTADA ANA JOCELYN VILLAGRÁN VILLASANA, SECRETARIA.- (Firmas) Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 122, apartado A, base III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 32, apartado C, numeral 1, inciso a), de la Constitución Política de la Ciudad de México; 2, párrafo segundo, 3, fracciones XVII y XVIII, 7, párrafo primero, 10, fracción II, 12 y 21, párrafo primero, de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; para su debida publicación y observancia, suscribo los presentes anexos del decreto por el que se expide la Ley de Ingresos de la Ciudad de México en la Residencia Oficial de la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México, a los veintidós días del mes de diciembre del año dos mil veintitrés.- EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO, DR. MARTÍ BATRES GUADARRAMA.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE GOBIERNO, RICARDO RUIZ SUÁREZ.- FIRMA.- LA SECRETARIA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS, LUZ ELENA GONZÁLEZ ESCOBAR.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE LA CONTRALORÍA GENERAL, JUAN JOSÉ SERRANO MENDOZA.- FIRMA.- LA SECRETARIA DE CULTURA, CLAUDIA STELLA CURIEL DE ICAZA.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE DESARROLLO ECONÓMICO, FADLALA AKABANI HNEIDE.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA, CARLOS ALBERTO ULLOA PÉREZ.- FIRMA.- LA SECRETARIA DE EDUCACIÓN, CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN, JESÚS OFELIA ANGULO GUERRERO.- FIRMA.- LA SECRETARIA DE GESTIÓN INTEGRAL DE RIESGOS Y PROTECCIÓN CIVIL, MYRIAM VILMA URZÚA VENEGAS.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE INCLUSIÓN Y BIENESTAR SOCIAL, RIGOBERTO SALGADO VÁZQUEZ.- FIRMA.- LA SECRETARIA DEL MEDIO AMBIENTE, MARINA ROBLES GARCÍA.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE MOVILIDAD, ANDRÉS LAJOUS LOAEZA.- FIRMA.- LA SECRETARIA DE LAS MUJERES, INGRID AURORA GÓMEZ SARACÍBAR.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE OBRAS Y SERVICIOS, JESÚS ANTONIO ESTEVA MEDINA.- FIRMA.- LA SECRETARIA DE PUEBLOS Y BARRIOS ORIGINARIOS Y COMUNIDADES INDÍGENAS RESIDENTES, LAURA ITA ANDEHUI RUIZ MONDRAGÓN.- FIRMA.- LA SECRETARIA DE SALUD, OLIVA LÓPEZ ARELLANO.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE SEGURIDAD CIUDADANA, PABLO VÁZQUEZ CAMACHO.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE TRABAJO Y FOMENTO AL EMPLEO, JOSÉ LUIS RODRÍGUEZ DÍAZ DE LEÓN.- FIRMA.- LA SECRETARÍA DE TURISMO, NATHALIE VERONIQUE DESPLAS PUEL.- FIRMA.- EL CONSEJERO JURÍDICO Y DE SERVICIOS LEGALES, NÉSTOR VARGAS SOLANO.- FIRMA.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 7) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.