LEY DE INGRESOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO PARA EL EJERCICIO FISCAL 2024
Artículos explicados en lenguaje simple
- Art. 1El gobierno de la Ciudad de México, durante el año 2024, planea recibir casi 268 mil millones de pesos de diferentes fuentes. Este dinero sale de impuestos que pagamos todos, como el predial (por tu casa o terreno), la tenencia vehicular, el hospedaje, las nóminas de las empresas y hasta los espectáculos públicos. También incluye lo que cobran por servicios como el agua, el registro civil, las multas de tránsito, las licencias y el uso de grúas. En total, son todos los ingresos que esperan juntar para gastarlos en obras y servicios de la ciudad.
- Art. 2El jefe de Gobierno de la CDMX tendrá permitido pedir prestados **2,500 millones de pesos** durante el 2024, según lo aprobó el Congreso de la Unión. Ese dinero solo se podrá usar para pagar obras públicas (como construcción de puentes o escuelas) que ya estén incluidas en el presupuesto de la ciudad para ese año. También se permite pedir préstamos para **refinanciar** (cambiar deudas viejas por otras nuevas con mejores condiciones) o **canjear** deudas de la ciudad. Para que sea válido, los préstamos deben cumplir con reglas estrictas: las obras tienen que generar ingresos o beneficio para la gente, contratarse con las mejores tasas del mercado, y el dinero solo se entrega conforme avancen los trabajos de construcción.
- Art. 3Si debes pagar una deuda de impuestos en abonos o a plazos durante 2024, te cobrarán un recargo del 2% mensual sobre el monto original de la deuda, sin contar multas o intereses. Sin embargo, esa tasa puede bajar si el gobierno calcula que otra opción es más alta para ti, usando la TIIE (una tasa de interés que publica el Banco de México). Por ejemplo, pueden tomar el promedio mensual de la TIIE, multiplicarlo por 1.5, dividirlo entre 12, y restarle el aumento de la inflación (INPC) del mes anterior. Otra opción es sumar 8 puntos porcentuales al promedio mensual de la TIIE, dividirlo entre 12, y también restarle la inflación. La Secretaría de Administración y Finanzas hará estos cálculos y publicará cada mes la tasa de recargos que aplica en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
- Art. 4Toda la lana que se junte por los cobros que dice esta ley (como impuestos o multas) se va a juntar sin falta en la Tesorería de la Ciudad de México, a menos que el Código Fiscal de la Ciudad diga otra cosa. Ese dinero, sin importar cómo se cobre o de dónde venga, tiene que aparecer anotado tanto en los libros de la Tesorería como en la Cuenta Pública de la ciudad, que es el informe oficial de cómo se gasta el presupuesto. En pocas palabras, todo lo que se recauda se concentra en una sola oficina y se reporta públicamente para que nadie lo esconda.
- Art. 5Este artículo dice que si el gobierno de la Ciudad de México termina el año con dinero que no gastó, ese dinero se considera como ingreso nuevo y se usa siguiendo reglas de varias leyes. El Jefe de Gobierno, a través de la Secretaría de Administración y Finanzas, tiene que mandar un informe al Congreso local explicando de dónde salió ese dinero, cuánto es y por qué no se gastó. El informe también debe incluir datos de al menos los últimos 4 años sobre cómo se usaron esos ahorros, y cómo está el fondo especial que sirve para estabilizar los gastos del gobierno.
- Art. 6Este artículo dice que solo se pueden usar las reglas que están en el Código Fiscal de la Ciudad de México, la Ley de Austeridad y esta misma ley para decidir quién paga impuestos locales. Esto significa que ninguna otra ley puede dar descuentos totales o parciales, decir que una persona o empresa no debe pagar contribuciones, o darles un trato especial. En pocas palabras, nadie puede escapar de pagar impuestos locales por reglas que estén fuera de esos documentos específicos.
- Art. 7Este artículo dice que desde enero de 2024, las multas, impuestos y tarifas del Código Fiscal de la Ciudad de México que estaban vigentes en diciembre de 2023 van a subir al menos un 6.08 por ciento. También aplica para otros cobros por servicios similares, a menos que haya una regla que diga otra cosa. La única excepción es cuando, al hacer el ajuste, la cantidad final no sea fácil de pagar (como números muy raros), entonces se puede redondear para que sea más práctico. En pocas palabras, los costos aumentan ese porcentaje mínimo, pero si el resultado es complicado, lo ajustan a una cifra más sencilla.
- Art. 8El Jefe de Gobierno de la Ciudad de México debe entregar un informe cada tres meses al Congreso, y en ese informe tiene que incluir una sección llamada "Gastos Fiscales". Ahí debe explicar todos los programas o acuerdos que permitan a las personas no pagar impuestos, pagar menos o tener facilidades para pagarlos. En esa sección, debe detallar cuánto dinero dejó de recibir el gobierno por esos beneficios, cuántos contribuyentes (personas o empresas) fueron beneficiados, qué sectores o actividades recibieron el apoyo y sobre qué impuestos se aplicaron. Estas reglas entran en vigor el 1 de enero de 2024 y deben publicarse en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México para que todos las conozcan y las cumplan.
- Art. 45Si debes pagar impuestos en la Ciudad de México y no lo haces a tiempo, te van a cobrar un extra llamado "recargo". Este artículo establece las tasas mensuales que se aplican dependiendo de cuánto tiempo tardes en pagar. Si pagas en un plazo de hasta 12 meses, te cobrarán el 0.42% mensual adicional; si tardas entre 13 y 24 meses, la tasa sube al 0.67% mensual; y si te pasas de 24 meses, te tocará pagar el 0.83% mensual. Además, estos recargos se calculan siguiendo las reglas que ya están en el artículo 42 del mismo código.