- Ley
- LEY DE LOS DERECHOS CULTURALES DE LOS HABITANTES Y VISITANTES DE LA CIUDAD DE MÉXICO
- Artículo
- 1
Artículo 1 de la LEY DE LOS DERECHOS CULTURALES DE LOS HABITANTES Y VISITANTES DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Esta ley se basa en lo que dice la Constitución de todo México (en sus artículos 1, 2 y 4) y también en el artículo 8, apartado D de la Constitución de la Ciudad de México. Básicamente, la ley está hecha para cumplir con lo que ya está establecido en esas partes de la Constitución.
Texto oficial
ARTÍCULO 1.-La presente Ley tiene como fundamento los artículos 1, 2, 4, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como el artículo 8, apartado D de la Constitución Política de la Ciudad de México.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.