- Ley
- LEY DE LOS DERECHOS CULTURALES DE LOS HABITANTES Y VISITANTES DE LA CIUDAD DE MÉXICO
- Artículo
- 2
Artículo 2 de la LEY DE LOS DERECHOS CULTURALES DE LOS HABITANTES Y VISITANTES DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Esta ley aplica para todos en la Ciudad de México y nadie puede decir que no la conoce para no cumplirla. Busca proteger el bienestar de la comunidad, por lo que su cumplimiento es obligatorio. En pocas palabras, si vives o estás en la capital del país, tienes que respetar lo que dice esta ley.
Texto oficial
ARTÍCULO 2.- La presente ley es de orden público, interés social y de observancia obligatoria en la Ciudad de México;
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.