Artículo 12 de la LEY DE LOS DERECHOS CULTURALES DE LOS HABITANTES Y VISITANTES DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
En la Ciudad de México, cualquier persona puede crear, enseñar, mostrar y compartir arte y ciencia sin que nadie pueda censurarlos o prohibirlos. Los pueblos y barrios originarios, así como los artistas populares, tienen derecho a que se protejan sus conocimientos antiguos, costumbres, diseños, artesanías, música, idiomas, fiestas, formas de vida, comida y todo lo que forma parte de su cultura, tanto lo que se ve como lo que no. El Gobierno, a través de la Secretaría y el Instituto, tiene que crear leyes, programas y herramientas para cuidar ese patrimonio cultural. Además, la persona que gobierne la Ciudad debe darle el dinero necesario del presupuesto para que se cumpla esta ley, tal como lo dice el artículo 19 de la Ley de Fomento Cultural.
Texto oficial
ARTÍCULO 12.- El arte y la ciencia son libres, en su creación, transmisión, manifestación y difusión en la Ciudad de México. Queda prohibida toda clase de censura. Los pueblos y barrios originarios, así como los productores culturales populares, tienen derecho a la protección de sus saberes ancestrales, así como a la salvaguarda de sus costumbres, diseños, arte y artesanías en general, música, lenguas, rituales, festividades, modos de vida, arte culinario y de todo su patrimonio cultural material e inmaterial. El Gobierno, por medio de la Secretaría y el Instituto desarrollará los mecanismos, programas e instrumentos legislativos para proteger los derechos de los pueblos y barrios originarios y de su enorme patrimonio cultural. La persona titular de la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México dotará de los recursos presupuestales necesarios para el desarrollo de esta ley en término de lo estipulado en el capitulo II, artículo 19, fracción IV de la Ley de Fomento Cultural de la Ciudad de México. CAPÍTULO II DE LOS MEDIOS DE DEFENSA PARA LA EXIGIBILIDAD DE LOS DERECHOS CULTURALES
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.