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Artículo 14 de la LEY DE LOS DERECHOS CULTURALES DE LOS HABITANTES Y VISITANTES DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Artículo 14 fue eliminado de la ley. Ya no existe ni se aplica, como si lo hubieran borrado del reglamento. Esto significa que no tienes que cumplir con nada de lo que antes decía ese artículo. No hay ninguna obligación ni derecho relacionado con él.

Texto oficial

ARTÍCULO 14.- Se deroga.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 4) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.