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Artículo 34 de la LEY DE LOS DERECHOS CULTURALES DE LOS HABITANTES Y VISITANTES DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no sirve para nada, porque fue eliminado (derogado). Eso significa que ya no hay ninguna regla válida en ese artículo. En su lugar, empieza el Título Cuarto, que habla de cómo el Gobierno de la Ciudad debe hacerse cargo de los derechos culturales. Ese título tiene un solo capítulo que explica quién dirige esas políticas y para qué sirven. Así que el artículo 34 solo es un aviso de que ya no está vigente.

Texto oficial

ARTÍCULO 34.- Se deroga. TITULO CUARTO DE LA POLITICA PUBLICA DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD SOBRE LOS DERECHOS CULTURALES CAPITULO ÚNICO DE LA RECTORIA DE LA POLITICA PUBLICA EN MATERIA DE DERECHOS CULTURALES Y LOS FINES DE LA MISMA

Ver ley oficial en el DOF (pág. 6) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.