Artículo 1 de la LEY DE PROTECCIÓN A LA SALUD DE LAS PERSONAS NO FUMADORAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Esta ley es para toda la población y su objetivo principal es proteger tu salud. Busca evitar que respires sin querer el humo del cigarro de otras personas, así como los vapores de los vapeadores y cigarros electrónicos. También establece medidas para bajar el consumo de tabaco y terminar por completo con el uso de vapeadores y aparatos similares. Además, define acciones para reducir las enfermedades y muertes causadas por fumar o por estar cerca del humo del tabaco.
Texto oficial
Artículo 1.- La presente Ley es de orden público e interés general y tiene por objeto: I. Proteger la salud de la población de los efectos nocivos por inhalar involuntariamente el humo de la combustión del tabaco, en lo sucesivo humo de tabaco y de los vapores y emisiones producidas por cigarrillos electrónicos, vapeadores y demás sistemas o dispositivos análogos. II. Establecer mecanismos, acciones y políticas públicas tendientes a prevenir y disminuir las consecuencias derivadas del consumo de tabaco y de la exposición al humo de la combustión del tabaco en cualquiera de sus formas y para erradicar el uso de cigarrillos electrónicos, vapeadores y demás sistemas o dispositivos análogos, y III. Definir y establecer las políticas y acciones necesarias para erradicar la utilización de cigarrillos electrónicos, vapeadores y demás sistemas o dispositivos análogos, reducir el consumo de tabaco y prevenir la exposición al humo de tabaco, vapores y emisiones, así como la morbilidad y mortalidad relacionadas con el tabaquismo.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.