Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 9 Quáter de la LEY DE PROTECCIÓN A LA SALUD DE LAS PERSONAS NO FUMADORAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que los tratamientos para dejar de fumar tabaco o usar vapeadores y cigarrillos electrónicos deben enfocarse en cinco puntos: ayudar a quien quiera dejar la adicción, reducir los daños que causan el humo y el propio consumo, tratar enfermedades relacionadas con fumar, rehabilitar a los enfermos y mejorar el bienestar físico y mental del fumador y de su familia y compañeros de trabajo. Además, las investigaciones sobre el tabaquismo deben estudiar sus causas, como los riesgos individuales y sociales, los problemas de salud, las tendencias del consumo, y cómo influye la publicidad. También deben analizar las medidas para controlarlo, como la prevención, el tratamiento y la regulación sanitaria, y reunir toda esta información en un sistema nacional sobre adicciones. En pocas palabras, se busca tanto ayudar a los fumadores como entender mejor el problema para combatirlo.

Texto oficial

Artículo 9 Quáter.- Los tratamientos del tabaquismo y del uso de cigarrillos electrónicos, vapeadores y demás sistemas o dispositivos electrónicos análogos comprenderá las acciones tendientes a: I. Conseguir que las personas que lo deseen puedan abandonar el tabaquismo; II. Reducir los riesgos y daños causados por el consumo de tabaco y la exposición a su humo; III. Abatir los padecimientos asociados al consumo de tabaco, el uso de cigarrillos electrónicos, vapeadores y demás sistemas o dispositivos análogos y la exposición a su humo; IV. Atender y rehabilitar en su caso a quienes fuman o tengan alguna enfermedad atribuible al consumo de tabaco y al uso de cigarrillos electrónicos, vapeadores y demás sistemas o dispositivos análogos; e V. Incrementar el grado de bienestar físico, mental y social tanto del consumidor de tabaco como de su familia y compañeros de trabajo. Artículo 9 Quintus.- La investigación sobre el tabaquismo considerará: I Sus causas, que comprenderá, entre otros: a) Los factores de riesgo individual y social; b) Los problemas de salud y sociales asociados con el consumo de tabaco y la exposición a su humo; c) La magnitud, características, tendencias y alcances del problema; d) Los contextos socioculturales del consumo; y e) Los efectos de la publicidad, promoción y patrocinio sobre el consumo y permisividad social ante éste. II El estudio de las acciones para controlarlo, que comprenderá, entre otros: a) La valoración de las medidas de prevención, tratamiento, regulación y control sanitario; b) La información sobre: 1. La dinámica del problema del tabaquismo; 2. La prevalecía del consumo de tabaco y de la exposición a su humo; 3. Las necesidades y recursos disponibles para realizar las acciones de prevención, tratamiento y control del consumo de tabaco; 4. La conformación y tendencias de la morbilidad y mortalidad atribuibles al tabaco; 5. El cumplimiento de la regulación sanitaria en la materia; 6. El impacto económico del tabaquismo; 7. El impacto ecológico de la producción, el procesamiento y el consumo del tabaco, y c) El conocimiento de los riesgos para la salud asociados al consumo de tabaco y a la exposición a su humo. La información a que se refiere el presente artículo deberá integrarse en el sistema de información sobre adicciones. TÍTULO TERCERO MEDIDAS PARA LA PROTECCIÓN A LAS PERSONAS NO FUMADORAS Capítulo Primero Prohibiciones

Ver ley oficial en el DOF (pág. 4) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.