- Ley
- LEY DEL CONSEJO, ECONÓMICO, SOCIAL Y AMBIENTAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO.
- Artículo
- 10
Artículo 10 de la LEY DEL CONSEJO, ECONÓMICO, SOCIAL Y AMBIENTAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO.
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Consejo tiene tres grupos de personas que toman decisiones: la Asamblea General (donde se reúnen todos los miembros), el Comité Directivo (un grupo más pequeño que dirige), y las Comisiones (equipos que trabajan en temas específicos). La Asamblea General es el órgano más importante y se explica en el siguiente capítulo.
Texto oficial
Artículo 10.- El Consejo cuenta con los siguientes órganos colegiados: I. La Asamblea General del Consejo; II. El Comité Directivo; y III. Las Comisiones. CAPÍTULO II De la Asamblea General del Consejo
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.