Artículo 12 de la LEY DEL CONSEJO, ECONÓMICO, SOCIAL Y AMBIENTAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO.
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Asamblea General del Consejo es como la junta principal, y tiene el poder de decidir varias cosas importantes. Por ejemplo, puede aprobar sus propias reglas de funcionamiento, elegir a su presidente y a los miembros del comité directivo, y formar grupos de trabajo según los perfiles de los consejeros. También decide sobre propuestas y opiniones que luego se envían al Gobierno de la Ciudad, las Alcaldías y el Cabildo. Además, puede organizar debates públicos sobre temas importantes para la Ciudad, pedir información que necesite, y aprobar cómo se usa el dinero del Fondo.
Texto oficial
Artículo 12.- La Asamblea General del Consejo cuenta con las siguientes atribuciones: I. Aprobar el Reglamento Interno del Consejo, así como sus reformas; II. Autorizar el programa de trabajo del Consejo; III. Constituir las Comisiones necesarias para el ejercicio de las funciones y atribuciones del Consejo, considerando el perfil de sus Consejeros y la proporcionalidad de sus integrantes; IV. Elegir a la persona Presidente del Consejo y a las personas miembros Comité Directivo; V. Turnar a las Comisiones los asuntos que le sean consultados al Consejo; VI. Sancionar los dictámenes de los asuntos que son consultados al Consejo y ordenar su remisión al Gobierno Local, las Alcaldías y el Cabildo; VII. Aprobar las propuestas o contrapropuestas de los asuntos que le son consultados y ordenar su presentación ante el Gobierno Local, las Alcaldías y el Cabildo; VIII. Convocar a la discusión pública los asuntos de mayor trascendencia para la Ciudad y celebrar los foros, seminarios, congresos, mesas de trabajo y todo tipo de eventos necesarios para tal efecto; IX. Sancionar la opinión del Consejo sobre los asuntos que son de interés estratégico para la Ciudad en las materias económica, social o ambiental y ordenar su presentación ante el Gobierno Local, las Alcaldías y el Cabildo; X. Solicitar la información necesaria para el ejercicio de las funciones y atribuciones del Consejo; XI. Solicitar y aprobar los informes de las Comisiones; XII. Aprobar y remitir las propuestas y recomendaciones al Paquete Económico Anual de la Ciudad de México; XIII. Determinar el destino y la orientación de recursos asignados al Consejo para su ejercicio a través del Fondo; XIV. Aprobar la participación del Consejo en fideicomisos públicos y privados que tengan como fin impulsar las funciones del Consejo; XV. Conocer el anteproyecto de presupuesto del Fondo; XVI. Aprobar su calendario de sesiones ordinarias; XVII. Las demás previstas en otras leyes o reglamentos; y XVIII. Las demás análogas al cumplimiento del objeto del Consejo.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.